por el Lcdo. Oscar Acarón
A continuación, respuestas a comentarios vertidos sobre el caso de 2da. Enmienda:
Observando con cierto detenimiento las opiniones vertidas sobre el tema en cuestión me veo en la obligación de aclarar aspectos que me parecen son importantes. Veo en algunas de las exposiciones anteriores algún grado de desinformación y desenfoque. La corte suprema de USA es clara en el aspecto de que en la inclusión de un derecho, como derecho fundamental el análisis no se hace a base de estadísticas o elucubraciones de lo que pudiese ocurrir o no. Un ejemplo de ello es el caso de Roe v. Wade. El anterior caso es el que legaliza el derecho al aborto. Yo particularmente no estoy de acuerdo, desde mi punto de vista personal, con la solución del caso Roe v. Wade. Las consecuencias de la decisión eran anticipables; se iban a proliferar exponencialmente los abortos. Al día de hoy Roe v. Wade ha producido 53 millones de abortos, si, dije 53 millones y la cifra es correcta. Miranda v. Arizona todos los días provoca que miles de criminales retornen a la calle a delinquir porque la autoridad estatal no le leyó sus derechos al realizar un arresto. En Puerto Rico, todos los días los tribunales determinan que cientos de registros fueron realizados ilegalmente en violación de las protecciones sobre registros y allanamientos irrazonables y cientos de criminales retornan diariamente a la calle porque un registro fue realizado sin orden o porque dicho registro se realizó sin motivos fundados para entender que un delito se estaba cometiendo en presencia del agente del orden público. Nadie, pero es que nadie, ha pretendido aguar el carácter de los derechos anteriormente expuestos. Dichos derechos han prevalecido a pesar de las consecuencias antipáticas que acarrean porque la privacidad del ser humano es un puntal institucional dentro de nuestras constituciones y por el hecho de que es preferible mil criminales en la calle que no un inocente preso. La 2da. Enmienda no es un derecho de invención reciente. Es anterior a la Declaración de Independencia de USA y era reconocido en Inglaterra antes que los ingleses llegaran a América (el caso Heller contiene todo el desarrollo histórico de dicho derecho y recomiendo su concienzudo estudio antes de opinar sobre el tema, les garantizo le va a ser de mucha ayuda). La 2da. Enmienda está enraizada en la más profunda de las tradiciones constitucionales y derechos en USA. El derecho y la tradición en apoyo a la LIBERTAD y al derecho a la VIDA. Los padres de la constitución habían sufrido en carne propia las garras de la tiranía y conocían de que la vida no puede defenderse de los lobos siendo borregos, hay que ser león. Heller resuelve que el derecho a tener y portar armas es un derecho individual ligado a la auto-preservación del individuo, homogéneamente ligado a la protección de la VIDA. Y señalo, NO MENOS. En los comentarios que anteceden a este, veo cierto aire dirigido a dar alas al estado y autorizarle a aguar el derecho. No puedo estar más en desacuerdo. Estoy más que consciente de que la Corte Suprema ha hecho claro que convictos por delitos graves y aquellos que padecen de insanidad mental no pueden ostentar el derecho. No tengo controversia alguna con tal apreciación de la Corte Suprema, pero no puedo consentir en la configuración de un derecho aguado. O tenemos el derecho, o no lo tenemos. En este momento ello no está en controversia; tenemos el derecho. Tampoco existe controversia en el aspecto de que aplica aquí en nuestra jurisdicción. Hasta el Secretario de Justicia colige con el hecho de que SÍ NOS APLICA. El caso de McDonald v. City of Chicago hace claro que la inclusión del derecho se hace al nivel de todo derecho fundamental, que la inclusión NO es la inclusión de un derecho aguado. Nuestra misión no trata de que se configure el derecho, trata de que el estado nos respete la posesión individual del derecho, con la exclusión de los “felons” y los dementes. No podemos permitir continuar el juego de la cochina, sucia y asquerosa colonia. No hay razón alguna para que nos encontremos a un nivel más bajo que los conciudadanos que residen en el continente. Tal sugerencia es indigna, bochornosa, asqueante. Por otro lado no puedo compartir opiniones prejuiciadas, basadas en el aspecto físico de compañeros que visitan nuestros clubes de tiro. Con bonito no se va a la plaza, se va con chavos. Con ello quiero decir que poco importa que mi compañero en la línea de tiro pueda tener un aspecto que a mí no me agrade, incluso puede ser tan feo y puede estar(a mi juicio) tan mal vestido, como para hacerle las vacaciones al cuco. Lo importante es que no sea un “felón” o que no esté loco, esa es la regla y no otra. Ni más, ni menos. Otro detalle importante lo es el hecho de que en especial la Policía y la prensa anti-armas han hecho presa de las mentes de nuestros ciudadanos empujando campañas sensacionalistas, que analizadas racionalmente, no tienen ningún sentido. La de la venta en exceso de municiones en exceso es una. Es muy cierto de que anualmente se venden unas 4 millones de cargas al año. Eso no tiene nada de particular. Ello equivale a unas 49 cargas por persona con licencia en el año. Pero ese universo tiene que analizarse más concienzudamente. La mitad de esa munición lo son cartuchos de escopeta, los cuales se venden para caza. Por ejemplo, en Puerto Rico hay unos 5mil cazadores activos, los cuales consumen unas 500 cargas al año, para 2,500,000. A eso descuéntenle la munición que consume la policía (la cual ellos han incluido en la estadística) y la munición que consumen los tiradores activos. Cualquier tirador de escopeta activo consume no menos de 5mil cargas en un año. Y personalmente conozco a algunos que han consumido 25mil en un período en particular. Añádale a eso la munición a la que los que renuevan sus licencias tienen que consumir en los cursos de uso y manejo. En conclusión, el exceso de munición es una falacia. Es una distorsión de la realidad, acomodada mendazmente para causar una impresión pública negativa. No puedo estar más en desacuerdo con los registros electrónicos o no electrónicos en los clubes de tiro. Ello equivaldría a legalizar un registro sin orden a personas que en forma alguna se les puede atribuir ser los ejes de la delincuencia. Llevo 40 años visitando consistentemente clubes de tiro y solo puedo atestiguar que son los lugares más seguros en nuestra isla. Nunca he visto en uno de mis clubes a un tecato, ni a un traficante en drogas ilegales, ni tan siquiera a un delincuente. Son gente de armas y la gente de armas en mi isla son gente decente, cabal, trabajadores, responsables y diligentes. La disciplina de la gente de armas así lo requiere. ¿Por qué no sugerimos que registren a cada persona que entra a un parque de beisbol, o a una cancha de baloncesto, o una cancha de voleibol, o a un balneario? Bueno, porque ello equivaldría a institucionalizar los registros ilegales y las invasiones a la privacidad, a la institucionalización del temido estado policiaco. Sin embargo en todos los anteriores lugares he visto drogas, tecatos, rateros, carteristas, rameras, apostadores ilegales y que se yo a cuantos desarrapados mas. ¿Registros en mis clubes y a mis compañeros tiradores y a los dueños legítimos de armas en Puerto Rico? Lo lamento mucho por aquellos que opinan que tal cosa es razonable. En mi libro, solo al criminal se le puede registrar y bajo las condiciones que establecen las reglas de Procedimiento Criminal y bajo las garantías que se establecen constitucionalmente. ¿Invadir la privacidad de la gente decente y someterlos a la indignidad de un registro? NO, definitivamente NO. Eso está bien para regímenes tiránicos y totalitarios, para estados socialistas o leninistas. ¿Bajo nuestras Constituciones? ¡NOOOOOOO!
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